Número 5:11–31. EL JUICIO POR
CELOS. 12. Cuando la mujer de alguno se desmandare—Esta ley fue dada
como una severa advertencia a la infidelidad de parte de una esposa, como
también para una protección suficiente de ella, de las consecuencias de una
sospecha precipitada y sin fundamento de parte del esposo. Sus sospechas, sin
embargo, eran suficientes, en ausencia de testigos, (Levítico 20:10) para
justificar el juicio descrito; y el procedimiento que había de seguirse era que
el esposo celoso trajera a su esposa ante el sacerdote con una ofrenda de
harina de cebada, porque a nadie le era permitido acercarse al santuario con
las manos vacías (Exodo 23:15). En otras ocasiones, eran mezclados con la
harina, aceite, que significaba gozo, e incienso que simbolizaba aceptación
(Salmo 141:2). Pero en la ocasión de referencia estos ingredientes habían de
ser excluídos, en parte porque era una apelación a Dios en circunstancias
aflictivas, y en parte porque era una ofrenda por el pecado de parte de una
esposa, quien se acercaba a Dios con el carácter de ofensora real o supuesta. 17.
tomará el sacerdote del agua santa—Agua del estanque, que había de ser
mezclada con el polvo de la tierra, emblema de vileza y miseria (Génesis 3:14;
Salmo 22:15). en un vaso de barro—Se escogía este vaso frágil, porque
después de ser usado, era roto en pedazos. (Levítico 6:28, 11:33). Todas las circunstancias
de esta terrible ceremonia: colocación de la mujer con su rostro hacia el arca;
su cabeza descubierta, señal de que estaba privada de la protección de su
esposo (1 Corintios 11:7); el amargo brebaje puesto en sus manos, preparatorio
de una apelacion a Dios; el solemne conjuro del sacerdote (vv. 19–22), todas
estaban calculadas en grado no pequeño para excitar la imaginación de una
persona consciente de culpa. 21. Jehová te dé en maldición, etc.—fórmula
usual de imprecación. (Isaías 65; 15; Jeremías 29:22). 22. la mujer dirá:
Amén, amén—Los judíos solían, en vez de repetir palabra por palabra el
juramento, decir meramente: Amén, “así sea”, a las imprecaciones contenidas en
el juramento. La reduplicación de la palabra era propuesta como una evidencia
de la inocencia de la mujer, y una buena disposición de que Dios hiciera para
ella según sus merecimientos. 23, 24. escribirá estas maldiciones en un
libro—Las imprecaciones, junto con el nombre de ella, eran inscritas en
alguna clase de registro—en pergamino, o más probablemente en una tabilla de
madera. Las borrará con las aguas amargas—Si ella fuese inocente, ellas
podrían ser borradas fácilmente, y serían perfectamente innocuas; pero si era
culpable, sentiría ella los efectos fatales del agua que había tomado.
29. Esta es la
ley de los celos—El
adulterio descubierto y probado era castigado con la muerte. Pero ocurrirían
casos fuertemente sospechables, y esta ley hacía provisión para el castigo de
la persona culpable. No era un juicio, sin embargo, dirigido según las formas
de un proceso judicial, sino una prueba rigurosa por la cual la adúltera
supuesta, era obligada a pasar, siendo la ceremonia de naturaleza tan
aterradora, que, por los principios de la naturaleza conocidos, la culpa o la
inocencia no podría dejar de aparecer. Desde tiempos antiguos, los celos de la
gente oriental han establecido pruebas para la averiguación y el castigo de la
impureza en las esposas. La práctica estaba profunda y universalmente arraigada.
Se ha pensado, que, siendo los israelitas fuertemente inclinados a favor de
tales usanzas, esta ley de los celos “fue incorpora de entre las otras
instituciones de la economía mosaica, a fin de librarla de los ritos
idolátricos que unían con ella los paganos”. Vista a esta luz, su sanción por
autoridad divina, en una forma corregida y mejorada, manifiesta a la vez una
prueba de la sabiduría y condescendencia de Dios.